Rol abogados querellantes (víctima)

De conformidad con los derechos contenidos en los artículos 78, 109 y siguientes del Código Procesal Penal, toda víctima puede presentar una querella ante el tribunal competente con el objeto de perseguir la responsabilidad penal (y civil, si corresponde) por un hecho punible.

Ejercer este derecho tiene distintas implicancias, pero fundamentalmente, dado que la querella es una acción legal que inicia la investigación de un delito y que consecuentemente produce la intervención del juez de garantía en el procedimiento, por consiguiente, aquello impide que el Ministerio Público pueda archivar provisionalmente una causa o abstenerse de toda investigación (facultad para no iniciar investigación). 

 

En nuestra calidad de abogados querellantes, hemos logrado sentencias condenatorias en contra de acusados por delitos de homicidio, delitos sexuales (violación y abuso sexual), violencia intrafamiliar (maltrato habitual), cuasidelitos de homicidio y lesiones graves, sustracción de menores, estafa, apropiación indebida, entre otros tipos penales. 

Para conseguir lo anterior, nos enfocamos en un trabajo colaborativo con el Ministerio Público, consistente en aportar antecedentes (testigos, documentos, entre otros), solicitar diversas diligencias a las fiscalías respectivas con el fin de esclarecer los hechos y acreditarlos, coordinar declaraciones con víctimas y testigos -tanto en la etapa investigativa como en juicio oral-, entre otros. 

 

Nuestra principal motivación es que las víctimas se sientan escuchadas, que tengan una activa participación y un acceso efectivo a la justicia, a fin de prevenir una victimización secundaria. 

Somos conscientes de las realidades que afectan a las víctimas de delitos violentos, del miedo y angustia que puede generar denunciar y presentar querellas, por ello, nos orientamos a salvaguardar su integridad física y psíquica, a través de la solicitud de medidas de protección ante el Ministerio Público y medidas cautelares ante el Juzgado de Garantía competente (prohibición de aproximarse a la víctima o a la familia, entre otras).

 De modo que, nos impulsa que quienes tengan responsabilidad criminal por la comisión de cualquier delito, sea condenado con las máximas penas que permite el ordenamiento jurídico, en virtud de la gravedad del delito, las circunstancias modificatorias (agravantes) y la extensión del mal causado ocasionado a las víctimas.

 

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